Consulta toda la información sobre la jornada anual del sector de la elevación AQUÍ

Pasos a seguir para instalar un ascensor en mi Comunidad

Si vives en un edificio antiguo situado en el casco histórico de tu localidad, puede que no dispongas de ascensor. Tomar la decisión de instalar uno no es un paso que pueda darse a la ligera, pues entran en juego muchas variables.

Por ello, a continuación te ilustramos cómo es, de principio a fin, el proceso de instalación de un ascensor en una comunidad de vecinos. ¡No te lo pierdas!

Solicitar alternativas de instalación y presupuestos, ¡y elegir uno!

¡Todo empieza con una llamada! Tu Comunidad se pone en contacto con una o varias empresas instaladoras para solicitar alternativas de instalación y presupuesto.

Tras esa llamada, acordaréis un día para que la empresa ascensorista visite la comunidad y haga un estudio de viabilidad con el que identificará las ubicaciones que, a priori, son viables para instalar el equipo. Recuerda que el ascensor se puede instalar tanto en el interior del propio edificio (por el patio, en el hueco de la escalera o incluso reconstruyendo ésta, si no hubiera hueco suficiente) como en el exterior (por la fachada).

Si se cree conveniente, se consultará a un arquitecto para cerciorar la viabilidad del proyecto en cada una de las posibilidades de las que disponéis.

A partir de ahí, se elabora un presupuesto a medida para cada una de estas alternativas.

Aprobar el presupuesto

comunidad antigua de vecinos

¡Momento clave! Una vez recibido el presupuesto, se celebrará una reunión a tres partes (con la empresa de ascensores, el administrador de la finca si lo hubiera y con la comunidad de propietarios) para informar de la viabilidad, el presupuesto y las diferentes opciones de financiación a la hora de instalar el ascensor en la comunidad. A continuación se procede a la votación para aprobar (o no) la instalación del equipo.

Según la Ley de Propiedad Horizontal, si en la finca vive alguna persona mayor de 70 años y/o con movilidad reducida, la mayoría necesaria es de la mitad más uno de los votos o de las cuotas representadas. Si no hay personas mayores de 70 años ni con movilidad reducida, se requiere el voto favorable de las ⅗ partes de los votos.

La cantidad a pagar por cada vecino, cualquiera que sea la solución de accesibilidad, se determinará en función de su cuota de participación de los gastos comunes de la comunidad.

En ocasiones, durante esta reunión, también se aprovecha para acordar cómo se paga el ascensor. Salvo que los estatutos de la finca establezcan lo contrario, la distribución de los gastos de la instalación, según el artículo 9.1 de la Ley de Propiedad Horizontal, dependerá del coeficiente de participación de cada propietario.

Firmar el contrato de instalación, realizar el proyecto de obra civil, solicitar la licencia de obras y beneficiarse de posibles ayudas

En el caso de que finalmente se apruebe el presupuesto, los siguientes pasos son:

  • Comunicar la decisión a la empresa ascensorista cuyo presupuesto se ha elegido y firmar el contrato de instalación. En este momento, la obra empieza a ser una realidad.
  • La empresa de ascensores y la dirección técnica confirman todas las mediciones para la realización del proyecto de obra civil.
  • Se solicita la licencia de obras. El arquitecto se encargará de hacer el seguimiento de la misma y contestar en tiempo y forma a los requerimientos que pudieran originarse por parte del técnico municipal. El tiempo necesario para su consecución varía en función de la localidad o distrito en el que te encuentres (puede llevar desde varios meses hasta más de un año).
  • Para facilitar el pago de la instalación puedes solicitar alguna subvención siempre y cuando esté abierto el plazo de presentación. Recuerda que estas ayudas varían dependiendo del lugar en el que residas, pues la mayoría las conceden las comunidades autónomas y los ayuntamientos.
  • Una vez concedida la licencia, se lleva a cabo una reunión técnica entre el arquitecto, el coordinador de seguridad y el jefe de obra para planificar la obra.
  • Se convoca a los vecinos para presentar este plan de obra. En esta reunión el Jefe de Obra explica detalladamente el proceso de instalación, y se eligen tanto los acabados del ascensor como los materiales a emplear para su fabricación.

Realizar las obras previas, fabricar y montar el ascensor

Antes de instalar el ascensor, es necesario acometer unas obras previas: construcción de foso y estructura portante, redistribución de las escaleras si fuera necesario y desvío de instalaciones de luz, gas o agua si fuera indispensable para ejecutar el proyecto.

Con la estructura hecha, se encarga el ascensor a fábrica. De este modo, garantizamos que la dimensión de la cabina es la máxima posible acorde al espacio del que se dispone. Mientras tanto, se procede a colocar revestimientos y acabados.

A continuación, comienza la labor de montaje de los distintos componentes del ascensor, que comprende una parte mecánica, como guías, chasis, puertas, componentes de seguridad (paracaídas, limitador, enclavamientos de puertas, etc.), entre otros; y una parte eléctrica, que incluye el cuadro de maniobra, la botonera de cabina, los pulsadores exteriores, etc.

El proceso continúa con los siguientes trabajos:

  • Se debe cerrar la parte frontal del hueco del ascensor.
  • Se realizan los trabajos de pintura pertinentes.
  • Se elaboran y se firman los contratos de mantenimiento y telefonía (requisitos indispensables para inscribir el equipo en Industria).
  • Se llevan a cabo las pruebas finales de programación del teléfono de cabina.

Una vez finalizado el montaje del ascensor, se procede a realizar el protocolo de pruebas final, en el que se comprueban los componentes de seguridad, el cumplimiento de la normativa y el buen funcionamiento del equipo.

Puesta en funcionamiento e inspección del equipo

Normalmente la empresa instaladora, en representación del titular del ascensor, se ocupa de registrar el equipo en la Dirección General de Industria. Este paso es obligatorio para obtener el RAE (número de Registro de Aparato Elevador).

Para inscribir (dar de alta) el ascensor en Industria, se requiere:

  • El pago de la tasa correspondiente
  • Disponer de un contrato de mantenimiento y de telefonía con una empresa especializada
  • Haber superado el protocolo de pruebas finales
  • El expediente completo sobre los componentes de seguridad del equipo
  • La declaración de conformidad
  • La ficha técnica del equipo
  • El acta de control final
  • La inspección de inicio por un Organismo de Control Autorizado (OCA), necesaria desde el pasado 1 de julio de 2024, coincidiendo con la entrada en vigor de la nueva ITC de ascensores

ascensor moderno instalado

Cabe tener en cuenta que estos requisitos varían en función de la normativa aprobada por cada comunidad autónoma. De hecho, además de lo anterior, en algunas regiones para inscribir el equipo se exige también la autorización del titular o el expediente completo del ascensor (con planos, esquemas, etc.), entre otros.

A continuación, se pone en marcha el ascensor, se entrega y se firma el acta de recepción. Asimismo, el arquitecto prepara y entrega el certificado final de obra.

Después de todo el proceso, queda la mejor parte: ¡Inaugurarlo por todo lo alto!

Ventajas de instalar un ascensor

Desde la FEEDA queremos recordarte que, si vives en una finca antigua que inicialmente se proyectó sin ascensor, una de las mejores inversiones que puedes hacer a largo plazo es instalar uno, ya que:

  • Un ascensor mejora tu calidad de vida y la de tus vecinos, y garantiza la accesibilidad a la estructura.
  • Su instalación revaloriza el precio de tu vivienda. De esta manera, si en unos años decides vender tu casa, la presencia de ascensor no solo será un punto decisivo a la hora de cerrar una venta sino que, además, los compradores estarán dispuestos a pagar bastante más para disfrutar de las comodidades que supone tener uno.

Si tienes cualquier duda sobre el proceso de instalación de un ascensor, el acceso a ayudas o la distribución del pago entre los diferentes vecinos, no dudes en ponerte en contacto con la FEEDA o con cualquiera de sus empresas asociadas.

Deja un comentario

Toda la información de la nueva ITC AEM 1 Ascensores RD 355/2024