GUIA-FICHAS ASCENSORES V.5 DICIEMBRE_2025
El Ministerio de Industria y Turismo ha publicado la quinta versión de la Guía de interpretación del Real Decreto 355/2024, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC-AEM-01 “Ascensores”. Esta nueva actualización introduce una aclaración relevante para el sector en materia de inscripción de ascensores no registrados.
La principal novedad se recoge en la ficha AEM1-DT-06 (v0), que da respuesta a una de las cuestiones que más dudas había generado desde la entrada en vigor de la ITC: si es posible registrar ascensores instalados antes del 1 de julio de 2024 una vez transcurrido el plazo extraordinario que finalizó el 1 de julio de 2025 para la inscripción de ascensores no registrados.
La Guía recuerda que, con carácter general, no proceder al registro de un ascensor constituye una infracción grave, conforme a lo establecido en el artículo 31.2.b) de la Ley 21/1992, de Industria. No obstante, la inclusión de la disposición transitoria primera en el Real Decreto que aprueba la ITC-AEM-01 tuvo como finalidad ofrecer a los titulares de ascensores existentes un periodo excepcional para regularizar su situación sin que se incoara un procedimiento sancionador.
Finalizado dicho plazo, la nueva ficha aclara que determinados aparatos elevadores podrán seguir siendo inscritos en los registros autonómicos, siempre que hayan sido introducidos en el mercado conforme a las directivas de ascensores (95/16/CE y sucesivas) o a la Directiva 2006/42/CE de máquinas, y que sus titulares dispongan de la documentación técnica que lo acredite. En estos casos, el procedimiento de registro deberá realizarse conforme a lo establecido en el artículo 3 de la ITC-AEM-01, sustituyéndose la inspección inicial por una inspección con el alcance de una inspección periódica completa, que deberá ser favorable y realizada con una antelación máxima de un mes respecto a la comunicación a la administración competente.

FEEDA ya se ha hecho eco de esta nueva versión 5 de la Guía en el segundo número de la revista, que se acaba de publicar a principios de este mes de enero, donde se advierte de la importancia de esta interpretación normativa y de su impacto en la correcta regularización del parque de ascensores existente.
HISTORIAL:
