El 2 de abril de 2024, el Consejo de Ministros dio luz verde a la nueva Instrucción Técnica Complementaria (ITC) para ascensores (Real Decreto 355/2024), destinada a regular la instalación, modificación, mantenimiento e inspección de ascensores, con el objetivo principal de incrementar la seguridad en el extenso parque de ascensores en España. Esta normativa, que fue publicada el sábado 13 de abril de 2024 en el Boletín Oficial del Estado (BOE), entrará en vigor el 1 de julio de 2024.
Nuevos aspectos de la nueva ITC de ascensores
La nueva regulación implica modificaciones en diversos aspectos, pero en este artículo nos enfocaremos en los aspectos más destacados de la ITC de ascensores para las empresas mantenedoras.
En primer lugar, es importante destacar las modificaciones que la nueva ITC introduce en lo que respecta a la ejecución del mantenimiento.
Todas las empresas deberán ajustar sus planes de mantenimiento a la normativa UNE-58720:20. Esta norma establece los requisitos mínimos que deben cumplir los planes de mantenimiento para garantizar un nivel uniforme de servicio entre todas las empresas mantenedoras. La UNE-58720:20 define tanto las acciones necesarias como la frecuencia con la que deben llevarse a cabo:
- El mantenimiento de los ascensores instalados en edificios de viviendas de hasta 3 paradas y que no puedan dar servicios a más de 20 viviendas, se realizará cada cuatro meses.
- El mantenimiento del resto de los ascensores será mensual. No podrán transcurrir menos de 20 días ni más de 45 entre cada revisión presencial mensual de mantenimiento.
Después de cada intervención de mantenimiento, la empresa encargada deberá proporcionar al cliente el boletín de mantenimiento. La recién actualizada ITC amplía y detalla la información requerida en dicho documento: fecha y duración de la revisión, identificación tanto de la empresa como del técnico responsable del mantenimiento, detalles del equipo, actividades realizadas y verificaciones efectuadas de acuerdo con el plan de mantenimiento previamente establecido (como se mencionó anteriormente). Este boletín debe ser firmado por el técnico responsable del mantenimiento.
Registro de mantenimiento para las empresas mantenedoras
Adicionalmente, la empresa conservadora deberá mantener actualizado el registro de mantenimiento, un historial que recoge información relevante sobre las incidencias y actuaciones efectuadas sobre un ascensor a lo largo de su vida útil. Deberá contener al menos: los boletines de mantenimiento, incidencias y averías, accidentes, reparaciones y cambios de piezas, componentes de seguridad, modificaciones e inspecciones.
En paralelo, la nueva normativa implica nuevas obligaciones para las empresas conservadoras en relación con su actividad. Veamos, a continuación, las más destacadas:
- Se amplían las obligaciones de las empresas conservadoras a la hora de garantizar, durante un periodo de dos años, la corrección de las deficiencias que son atribuidas a una mala ejecución de las operaciones realizadas y responsabilizarse de las consecuencias que de ellas se deriven.
- Con la entrada en vigor, la notificación al o la titular del ascensor de la fecha de la próxima inspección periódica deberá hacerse con una antelación mínima de 3 meses y de forma fidedigna.
- Adicionalmente, en caso de que haya transcurrido el plazo de vencimiento de la inspección periódica sin que ésta se haya realizado – recordemos que el o la titular es el responsable de su contratación -, la empresa conservadora tiene la obligación de parar el ascensor en las 24h siguientes y comunicar de forma fehaciente esta circunstancia al órgano competente en materia de industria.
- Al incorporar un nuevo ascensor a su cartera de mantenimiento, se deberá realizar una inspección periódica por parte de un organismo de control (es decir, una inspección por cambio de conservador).
Requisitos empresas conservadoras
Por último, se incrementan los requisitos de las empresas conservadoras y se regulan actividades como la subcontratación de las actividades de mantenimiento.
- La nueva ITC establece que las empresas de mantenimiento de ascensores deberán tener un seguro de responsabilidad civil por siniestro de mayor importe, en concreto de 600.000€.
- Además, deben contar en plantilla y a jornada completa con un/a técnico/a titulado/a universitario/a con competencias específicas en la materia de la ITC, que será el/la responsable técnico/a.
- La empresa conservadora podrá subcontratar el servicio de mantenimiento para parte de los ascensores, pero nunca para la totalidad de la cartera. Para la subcontratación será necesaria la autorización expresa y por escrito del titular del ascensor y la indicación por parte de la empresa conservadora de la empresa subsidiaria con la que va a subcontratar el servicio. Deberá ser notificado al cliente previamente a la subcontratación del servicio.
En resumen, la nueva ITC de ascensores representa un paso significativo hacia la mejora continua de la seguridad y la calidad en el mantenimiento de ascensores en España. Con estándares más rigurosos y responsabilidades claras para las empresas mantenedoras, se fortalece la confianza de los usuarios y se garantiza un servicio más eficiente y seguro.
12 comentarios en «Aspectos destacados de la nueva ITC de ascensores para mantenedores»
Buenas tardes he visto en la nueva ITC, que los tiempos de adaptación de las desviaciones a la norma, varia dependiendo del año de instalación, en el caso de nuestra comunidad de propietarios no sabemos exactamente la fecha de instalación-puesta en marcha. Quería preguntarles como podria encontrar esta fecha. Pienso que con el RAE se podria saber, pero no se donde puedo preguntarlo. Nuestro ascensor es RAE-1-080011488. Muchas gracias por su información
Buenos días
Las adaptaciones que se tendrán que hacer en función de la fecha de puesta en marcha, (salvo los catalogados como Patrimonio Artístico), serán las de sustitución de guías cilíndricas o de madera y los contrapesos guiados en huecos separados, según:
-Ascensores instalados antes del 6 septiembre de 1952, a partir de la primera inspección periódica que detecte la desviación, antes de tres años si tienen guías de madera o cilíndricas y antes de 6 años en el resto de casos
-Ascensores instalados entre 6 septiembre de 1952 y el 1 abril de 1967 , a partir de la primera inspección periódica que detecte la desviación antes de 3 años en caso de guías de madera o cilíndricas y antes de 8 años en el resto de casos
-Ascensores instalados desde 1 abril de 1967, a partir de la primera inspección periódica que detecte la desviación antes de 10 años
La fecha de instalación la puede encontrar en el documento RGP de su último certificado de Inspección Periódica Obligatoria (OCA)
Muchas gracias por su información, tengo que decirle que no se lo que es el documento RGP y donde lo puedo solicitar o quien lo puede o debe tener.
Por otro lado en el Real Decreto 355/2024, de 2 de abril, por el que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria ITC AEM 1 «Ascensores» dice
Ustedes dicen Guías Cilíndricas mientras que en la documentación dice GUIAS CILINDRICAS HUECAS. Cual es la diferencia? Donde se puede saber si son o no cilíndricas huecas
Los plazos de adecuación serán los siguientes:
1.º Ascensores instalados con anterioridad al 6 de septiembre de 1952, se sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de tres años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas, y seis años en el resto de los casos.
2.º Ascensores instalados entre el 6 de septiembre de 1952 y el 1 de abril de 1967, se
sustituirán a partir de la primera inspección periódica en la que se detecte su existencia,
antes de tres años en caso de tener guías de madera o cilíndricas huecas, y ocho años en el
resto de los casos.
3.º Ascensores instalados desde el 1 de abril de 1967, se sustituirán a partir de la
primera inspección periódica en la que se detecte su existencia, antes de diez años.
Buenos días
Las guías cilíndricas son huecas. Son dos formas, (propias de nuestro sector), de referirnos a los mismo.
El documento RGP, va anexo al certificado de la Inspección Periódica Obligatoria (OCA). Lo podrá ver en el certificado de la última Inspección que haya pasado su ascensor. Para saber si sus guías son o no cilíndricas, lo más rápido es consultárselo a su empresa mantenedora.
Buenos dias, les queria hacer un par de consultas:
1.- Es necesario que en la cabina tenga una luz de emergencia, cual es el nivel de iluminación minimo exigido, para que se pueda actuar sin dificultad en caso de atrapamiento en la cabina y que se va la luz de la finca. En nuestro caso ya nos ha pasado( a pesar de que debn coincidir ambas cosas, atrapamiento y sin luz en la finca), hemos consultado a la empresa de mantenimiento y dice que la luz de emergencia es la pequeña pantalla que tiene el cuadro de botonera, pantalla que esta en la parte superior de la botonera y laos botones de emergencia están en la parte inferior.
2.- La bocina que den sonar en caso de paro del ascensor que nivel sonoro mínimo debe tener. En los casos que ha ocurrido apenas se oye desde una vivienda.
3.- En las inspecciones técnicas periódicas, ¿como se verifica la funcionalidad del limitador por sobrepeso? ¿Tiene alguna certificación oficial? Debe aparecer el peso en la cabina, o únicamente que pare el ascensor y emita algún mensaje.
4.- La verificación del limitador de sobrepeso, además de en las inspecciones técnicas periódicas, en las operaciones de mantenimiento mensual, se debe hacer con alguna frecuencia establecida por norma. Muchas gracias por su información.
Le mandamos la información por correo electrónico.
Buenos días, les quería hacer unas consultas:
1.- Es necesario que en la cabina tenga una luz de emergencia, cual es el nivel de iluminación minimo exigido, para que se pueda actuar sin dificultad en caso de atrapamiento en la cabina y que se va la luz de la finca. En nuestro caso ya nos ha pasado( a pesar de que debn coincidir ambas cosas, atrapamiento y sin luz en la finca), hemos consultado a la empresa de mantenimiento y dice que la luz de emergencia es la pequeña pantalla que tiene el cuadro de botonera, pantalla que esta en la parte superior de la botonera y laos botones de emergencia están en la parte inferior.
2.- La bocina que den sonar en caso de paro del ascensor que nivel sonoro mínimo debe tener. En los casos que ha ocurrido apenas se oye desde una vivienda.
3.- En las inspecciones técnicas periódicas, ¿como se verifica la funcionalidad del limitador por sobrepeso? ¿Tiene alguna certificación oficial? Debe aparecer el peso en la cabina, o únicamente que pare el ascensor y emita algún mensaje.
4.- La verificación del limitador de sobrepeso, además de en las inspecciones técnicas periódicas, en las operaciones de mantenimiento mensual, se debe hacer con alguna frecuencia establecida por norma. Muchas gracias por su información.
Le mandamos la información por correo electrónico.
¿Podriamos conocer la respuestas que le han dado a Francisco Igual? A las preguntas del 17 de junio. Son interesantes y
pueden surgir en más de una comunidad de vecinos.
Le hemos contestado por correo electrónico. Gracias
Buenos días ….
¿Me podéis enviar la respuesta por email a la pregunta de Francisco Igual Alcalá sobre la luz de emergencia en las cabinas del 17 de Junio de 2024?
Tengo ciertas dudas y creo que en esta respuesta, soluciono el problema.
Gracias anticipadas
Saludos
Se lo acabamos de mandar por correo electrónico. Gracias por su interés